6. Prohibición de circulación para vehículos de carga local o federal entre las 6:00 y 10:00 horas, salvo los del Programa de Autorregulación de CDMX o EDOMEX.
7. Taxis con holograma de verificación también están sujetos a restricciones.

El 2 de abril, pueden circular los vehículos eléctricos e híbridos, aquellos con matrícula ecológica o holograma tipo exento, y los que tengan holograma “0” o “00” vigente con engomado diferente al rojo y terminación de placa 3 y 4. También se permite la circulación de vehículos particulares en emergencias médicas, taxis de 5:00 a 10:00 horas sin importar el holograma, y vehículos de servicios urbanos para emergencias, salud, seguridad pública, y transporte escolar y de personal que cumplan con las especificaciones.