Los negocios autorizados dentro del Metro de la Ciudad de México tendrán nuevas reglas a partir de este jueves 20 de agosto de 2026. Entre los cambios que impactarán directamente a los comerciantes están la prohibición de gritar para promocionar mercancías, utilizar bocinas o altavoces y operar estufas, hornos o calentadores que puedan representar un riesgo dentro de las estaciones.

El Sistema de Transporte Colectivo (STC) estableció estas disposiciones en el nuevo Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales Asignados y/o Propiedad del Sistema de Transporte Colectivo. Con su entrada en vigor quedará abrogado el ordenamiento anterior, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de julio de 2020.

Las nuevas reglas buscan que la actividad comercial pueda continuar sin comprometer la seguridad de los pasajeros ni interferir con el funcionamiento del transporte. Para ocupar uno de estos espacios será necesario contar con un Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR), cuya autorización estará condicionada a que el negocio no afecte la operación del servicio público. Además, el reglamento establece que no podrán autorizarse espacios comerciales en la estación Bellas Artes.

Estufas, hornos y calentadores que puedan generar riesgos tampoco estarán permitidos en los espacios comerciales./ RS

¿Qué queda prohibido en los locales del Metro CDMX?

Los comerciantes tendrán que modificar algunas de las prácticas utilizadas para atraer clientes. El reglamento impide gritar para anunciar o promocionar los productos, así como utilizar radios, bocinas, altavoces y otros aparatos que ocasionen contaminación auditiva dentro de las instalaciones.

También estará restringido el uso de estufas, calentadores, hornos y equipos cuyo funcionamiento incremente la temperatura en las estaciones o pueda generar condiciones de riesgo. El Artículo 32 incluye otras prohibiciones para los locatarios, entre ellas portar armas, consumir bebidas alcohólicas o drogas en las instalaciones y vender pornografía.

Las medidas de seguridad alcanzan incluso los materiales utilizados en los establecimientos. Los comerciantes que todavía tengan cristales susceptibles de romperse tendrán que reemplazarlos. La Fracción VIII del Artículo 31 señala textualmente: “Instalar vidrios de tipo inastillable, así como contar con la señalización que los identifique, por lo que aquellos locales comerciales que tengan instalados vidrios astillables, deberán ser cambiados por vidrios con las características mencionadas”.

Los negocios autorizados deberán cumplir nuevas medidas de seguridad, limpieza y protección civil dentro de las estaciones./ Metro CDMX

Así tendrán que operar los comercios del Metro

Además de las prohibiciones, el Artículo 31 establece obligaciones para los permisionarios. Entre ellas se encuentran portar identificación y uniforme, colocar recipientes para basura dentro de los establecimientos, hacerse responsables de los residuos sólidos y garantizar que los productos puestos a la venta hayan sido adquiridos legalmente.

La limpieza tendrá reglas específicas. La basura generada por cada establecimiento deberá ser retirada al menos dos veces al día entre las 12:00 y las 18:00 horas y no podrá permanecer dentro de las estaciones ni acumularse detrás, encima o a los costados de los negocios. Cada local deberá contar con un plan de manejo de residuos y llevar una bitácora con los horarios de recolección y la firma de la persona encargada.

Los permisionarios también tendrán que conservar en buenas condiciones mostradores, aparadores, anaqueles, cerraduras, vidrios, puertas, techos e instalaciones eléctricas y, cuando corresponda, hidráulicas. Si las áreas técnicas del STC detectan desperfectos, las reparaciones deberán realizarse dentro de los plazos determinados por la autoridad.

Los comerciantes necesitarán un Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR) para operar espacios autorizados dentro del Metro./ RS

Las obligaciones también son económicas. La contraprestación y los servicios correspondientes deberán pagarse mensualmente dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes. Asimismo, el permisionario tendrá que conservar una copia del comprobante en el establecimiento y cumplir con el pago del avalúo por el uso, aprovechamiento y explotación del espacio en los términos establecidos.

El horario tampoco quedará a elección de cada negocio. Los comercios podrán iniciar actividades una hora después de que comience el servicio del Metro y deberán terminar dos horas antes de su cierre, con lo que su periodo de operación será menor al horario completo de funcionamiento de la red.

Entre los giros susceptibles de autorización aparecen alimentos preparados, artículos domésticos, tecnologías de la información, entretenimiento, telecomunicaciones, impresión, fotografía, audio y video. En alimentos se contemplan productos como botanas, empanadas, pizzas, pasteles, ensaladas, gelatinas, helados, sándwiches, sopas, café, té, jugos, chocolates, confitería y frutas, además de otras categorías previstas en el reglamento.

Quienes incumplan las disposiciones podrán enfrentar sanciones de hasta 200 UMA, equivalentes a alrededor de 23 mil 462 pesos, además de la posible suspensión del permiso. El nuevo esquema también contempla un Comité de Administración y Contratación de Áreas Comerciales y Espacios Publicitarios, encabezado por la Dirección General, para intervenir en la administración de estos espacios.