El debut del joven defensa Santiago García con el Atlante dio de qué hablar en la Liga MX, aunque no precisamente por su actuación futbolística. El jugador de 21 años ingresó de cambio al minuto 79 portando la camiseta con el dorsal 199, pero con dos detalles que encendieron las alarmas: el diseño era ligeramente distinto al del resto de sus compañeros y no tenía impreso ni su nombre ni la publicidad correspondiente.

Durante las transmisiones de televisión se especuló que la falta de patrocinadores se debía a que era menor de edad; sin embargo, esta versión fue descartada rápidamente dado que el futbolista tiene 21 años. La verdadera razón radica en que García pertenece a la categoría Sub-21 de los 'Potros de Hierro', plantilla donde se utiliza ese diseño simplificado sin que exista penalización en su torneo base. El problema surgió cuando el club pasó por alto adaptar la vestimenta del jugador para el primer equipo.

Santiago García, Atlante | CAPTURA

¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO?

Aunque la ausencia de publicidad no genera la controversia principal dentro del reglamento, la falta de identificación y la alteración de la indumentaria representan una infracción a la normativa:

El Artículo 60 inciso b) del Reglamento de Competencia de la Liga MX señala:

"Los nombres, sobrenombres y los números de los uniformes deberán cumplir con las características que al efecto disponen las normas internacionales aplicables, tanto del presente Reglamento como del Reglamento General de Competencia"

Por su parte, el Reglamento General de Competencia de la FMF en el Artículo 93.1 indica:

"Los nombres de los jugadores deberán figurar en el dorso de la camiseta utilizada como equipamiento de juego en todos los partidos"

Al no portar el nombre en el dorso, se incurre en una falta directa a lo establecido por lineamientos de la FMF y la Liga MX.

Santiago García, Atlante | IMAGO7

TODO QUEDARÍA EN MULTA ECONÓMICA

A pesar del incumplimiento, el Atlante no enfrentará pérdidas de puntos ni sanciones en la tabla general, ya que la falta está tipificada únicamente como una infracción administrativa con castigo monetario.

El Artículo 62 del Reglamento de Sanciones de la FMF establece lo siguiente:

"El Club que altere las características obligatorias de los números de la camiseta y/o el short y/o parche de competencia,o no porte los logotipos, gafete de Capitán y escudos designados por la LIGA MX / LIGA EXPANSIÓN MX, según lo dispuesto por el Reglamento de Competencia, serán sancionados con una multa de al menos 1,000 UMAs"

De esta manera, el incidente se resolverá únicamente con un impacto económico para la institución azulgrana

Escudo Atlante | IMAGO7