No revisar una notificación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede convertirse en un problema mayor cuando el contribuyente no tiene habilitado su Buzón Tributario. Además de perder avisos importantes, quienes están obligados a utilizar esta herramienta podrían enfrentar multas económicas si no cumplen con el registro y validación de sus datos de contacto.
Aunque las sanciones todavía no se aplican, la autoridad fiscal confirmó que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027. Mientras llega esa fecha, las personas físicas y morales que tienen esta obligación aún están a tiempo de actualizar su información y evitar futuros incumplimientos.
¿Quiénes deberán activar el Buzón Tributario del SAT?
La obligación recae sobre las personas morales, como empresas y organizaciones, así como en las personas físicas con actividad económica que tributan en los regímenes de Honorarios, RESICO, Actividad Empresarial, Arrendamiento y Plataformas Digitales. También deberán mantener activo este sistema los asalariados con ingresos superiores a 400 mil pesos anuales.
En contraste, el requisito no aplica para todos los contribuyentes. Están exentos los asalariados cuyos ingresos no superen los 400 mil pesos al año, las personas inscritas en el RFC que actualmente no desarrollan actividades económicas, quienes tienen suspendidas sus actividades ante el SAT y las personas físicas o morales con el RFC cancelado.
Sin embargo, existe una excepción. Un asalariado con ingresos menores a ese monto sí podría estar obligado a habilitar el Buzón Tributario si necesita realizar determinados trámites fiscales o si durante el último año emitió o recibió CFDI por conceptos distintos a su salario.
Las multas no serán la única consecuencia
Además de las sanciones económicas, el incumplimiento puede traer otras complicaciones. Cuando un contribuyente obligado no tiene habilitado su Buzón Tributario, el SAT puede realizar las notificaciones mediante estrados, mecanismo que tiene validez legal y cuyos plazos comienzan a correr aunque la persona nunca consulte el aviso. Esto puede derivar en créditos fiscales, multas adicionales o procedimientos administrativos.
De acuerdo con las disposiciones fiscales, las multas irán de 3 mil 850 pesos hasta 11 mil 540 pesos para quienes no activen el Buzón Tributario, registren información incompleta, proporcionen un correo electrónico o número telefónico incorrecto o no confirmen sus medios de contacto dentro del plazo establecido.
Para completar el trámite correctamente, el SAT solicita registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular de 10 dígitos para recibir mensajes SMS. Ambos datos deberán validarse mediante los códigos enviados por la autoridad dentro de las 72 horas posteriores. Si el contribuyente no completa ese proceso, el trámite permanecerá con estatus de omitido, aun cuando durante 2026 las multas continúan suspendidas para permitir que los obligados regularicen su situación antes de la entrada en vigor de las sanciones.

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