Recibir la cuenta después de comer en un restaurante y descubrir que ya incluye 10, 15 o hasta 20 por ciento de propina no significa que el cliente tenga que pagar ese monto. En México, esta gratificación continúa siendo completamente voluntaria y corresponde exclusivamente al consumidor decidir si quiere dejarla y cuánto dinero entregar, una regla que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha reiterado a los establecimientos.
La disposición no se limita a los restaurantes. También aplica en bares, cafeterías, hoteles y diferentes servicios turísticos donde habitualmente se acostumbra entregar dinero adicional por la atención recibida. Ningún negocio puede convertir esta práctica en una condición para prestar el servicio ni agregarla unilateralmente al total que deberá pagar el cliente.
Por ello, la Profeco recomienda revisar cuidadosamente la cuenta antes de pagar. Si aparece una propina o algún cargo que el consumidor nunca autorizó, puede pedir una explicación y solicitar que sea retirado. Los establecimientos, además, tienen la obligación de mostrar claramente sus precios con los impuestos incluidos y entregar un comprobante del consumo realizado.
Profeco puede imponer multas millonarias por prácticas abusivas
La protección de los consumidores está respaldada por la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). Su artículo 10 establece que los proveedores no pueden recurrir a métodos o prácticas comerciales coercitivas o desleales, ni imponer condiciones abusivas. Tampoco pueden proporcionar servicios adicionales a los originalmente contratados cuando estos no hayan sido solicitados o aceptados expresamente por el consumidor.
Las sanciones previstas por la legislación son considerables. De acuerdo con los montos vigentes para 2026, el artículo 128 de la LFPC establece que las infracciones al artículo 10, entre otras disposiciones enumeradas por la ley, pueden ser castigadas con una multa de 1,093.02 a 4 millones 274 mil 960.73 pesos. Esto no significa que exigir una propina produzca automáticamente la sanción máxima, pues la autoridad determina la cantidad correspondiente de acuerdo con las circunstancias de cada caso.
La consecuencia puede ser todavía mayor cuando la infracción es clasificada como particularmente grave. El artículo 128 Bis permite a la Profeco ordenar la clausura total o parcial de un establecimiento por hasta 90 días, además de imponer una multa que actualmente va de 228 mil 266.96 a 6 millones 391 mil 474.56 pesos.
¿Qué hacer si un restaurante te obliga a pagar propina?
Si el establecimiento agrega la propina sin autorización, el consumidor puede negarse a cubrir ese cargo y solicitar que sea eliminado de la cuenta. También es recomendable conservar el ticket o comprobante, tomar fotografías de precios o cuentas cuando resulte necesario y reunir cualquier evidencia que permita documentar la irregularidad.
No todas las irregularidades son consideradas particularmente graves. La LFPC contempla dentro de esta categoría, entre otros supuestos, casos en los que puedan afectarse los derechos de un grupo de consumidores, exista peligro para su vida, salud o seguridad, se aprovechen circunstancias especiales del mercado o se exploten condiciones de escasez, lejanía o dificultad para obtener determinados bienes o servicios.
Cuando un negocio insiste en realizar un cobro indebido, el consumidor puede recurrir directamente a la Profeco. Actualmente, el organismo recibe reportes a través del Teléfono del Consumidor 55 5568 8722 y 800 468 8722, además de sus Oficinas de Defensa del Consumidor y otros canales oficiales de atención. La recomendación es proporcionar información que permita identificar al establecimiento y conservar el comprobante relacionado con los hechos.
La autoridad también recuerda que los establecimientos deben exhibir sus precios de manera clara, incluir los impuestos correspondientes y respetar el monto anunciado. Esto permite que el cliente conozca cuánto deberá pagar antes de consumir y evita que aparezcan cargos adicionales al momento de solicitar la cuenta.

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