Durante años ha circulado la idea de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobra impuestos cuando una persona recibe más de 15 mil pesos en efectivo en su cuenta bancaria. La realidad es distinta.

La autoridad fiscal ha explicado que no existe un impuesto por recibir depósitos en efectivo. Lo que sí ocurre es que los bancos deben informar ciertas operaciones cuando el monto mensual supera ese límite, información que únicamente puede utilizarse si existe un procedimiento de revisión fiscal.

Los depósitos no son el problema, sino poder justificar su origen

Recibir dinero en efectivo no representa, por sí mismo, una irregularidad.

Los bancos deben informar al SAT cuando los depósitos en efectivo superan los 15 mil pesos mensuales en una misma institución financiera./ RS

El riesgo aparece cuando el SAT detecta diferencias entre los ingresos reportados por un contribuyente y el dinero que mueve en sus cuentas bancarias. En esos casos puede solicitar documentos para conocer de dónde provienen esos recursos.

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) obliga a las instituciones financieras a reportar los depósitos en efectivo que, en conjunto, excedan 15 mil pesos durante un mismo mes dentro de una misma institución bancaria.

¿En qué situaciones puede intervenir el SAT?

Una revisión puede comenzar cuando la autoridad encuentra información que no coincide con la situación fiscal del contribuyente.

Por ejemplo, si una persona declara determinados ingresos, pero registra depósitos, compras o gastos considerablemente superiores, el SAT puede iniciar una auditoría para verificar si existe alguna inconsistencia.

El Código Fiscal de la Federación incluso permite presumir como ingresos aquellos depósitos cuyo origen no pueda acreditarse o que no aparezcan registrados correctamente en la contabilidad.

Una revisión fiscal puede iniciar si el SAT detecta diferencias entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios del contribuyente./ RS

En el caso de las personas físicas, también puede aplicarse la figura de discrepancia fiscal, cuando el nivel de gastos resulta mayor a los ingresos declarados y no existe una explicación que respalde esa diferencia.

¿Qué consecuencias puede haber?

Las sanciones no se aplican por superar los 15 mil pesos en depósitos, sino únicamente cuando la autoridad concluye que hubo ingresos omitidos o que el contribuyente no logró demostrar el origen del dinero.

Dependiendo del resultado de la revisión, el SAT puede:

  • Determinar el pago del ISR omitido.

  • Cobrar actualizaciones y recargos.

  • Imponer multas por incumplimientos fiscales.

  • Iniciar otros procedimientos previstos en el Código Fiscal de la Federación, cuando existan irregularidades más graves.

Estos documentos pueden ayudarte en una revisión

Si recibes depósitos en efectivo, conservar la documentación correspondiente puede facilitar cualquier aclaración ante la autoridad.

Entre los documentos más útiles se encuentran:

  • CFDI o facturas, cuando el dinero proviene de una actividad económica.

  • Contratos de mutuo o pagarés, si corresponde a un préstamo.

  • Contratos de compraventa, cuando el recurso deriva de la venta de un bien.

  • Comprobantes de transferencias entre cuentas propias.

  • Estados de cuenta y cualquier documento que permita acreditar el origen del dinero.

También es recomendable revisar que esos recursos hayan sido incluidos en la declaración anual o en los pagos provisionales, cuando así lo establezca el régimen fiscal del contribuyente.

Superar los 15 mil pesos en depósitos no genera una multa automática; las sanciones solo proceden si existen ingresos omitidos o no comprobados./ RS