Los baches en la Ciudad de México son capaces de convertirse en un verdadero dolor de cabeza para automovilistas, motociclistas, ciclistas y hasta peatones. Cuando uno de estos desperfectos aparece justo frente a una casa, puede surgir la tentación de comprar material, organizarse con los vecinos y repararlo por cuenta propia. Sin embargo, antes de sacar el cemento y comenzar los trabajos hay que tomar en cuenta que intervenir una calle sin autorización puede derivar en una infracción cívica dependiendo de cómo se realicen los trabajos.
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México no establece literalmente una multa por “tapar un bache”. El problema está en otras conductas que podrían cometerse durante una reparación particular, como impedir o estorbar el uso de la vía, afectar la libertad de tránsito o cambiar el uso o destino del espacio público sin contar con la autorización correspondiente. Por ello, no puede asegurarse que cualquier persona que eche material en un bache será automáticamente sancionada, pero sí existen disposiciones que podrían aplicarse según las circunstancias.
¿Por qué podrían multarte por tapar un bache en CDMX?
Una de las disposiciones que debe tomarse en cuenta aparece en la fracción IV del artículo 27 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, que indica que “Son infracciones contra la tranquilidad de las personas: Impedir el uso de los bienes del dominio público de uso común”.
Esto podría adquirir relevancia, por ejemplo, si durante los trabajos se colocan materiales, herramientas u otros objetos que impidan temporalmente utilizar un espacio público. Una reparación también podría requerir cerrar una parte de la calle mientras los materiales son colocados o se secan, situación que puede afectar el tránsito de vehículos o personas.
Otro supuesto se encuentra en el artículo 28, relacionado directamente con el uso de la vía y el espacio público. La legislación establece que “Son infracciones contra la seguridad ciudadana: II. Impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello, para estos efectos, se entenderá que existe causa justificada siempre que la obstrucción del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito o de acción de las personas sea inevitable y necesaria y no constituya en sí misma un fin, sino un medio razonable de manifestación de las ideas, de expresión artística o cultural de asociación o de reunión pacífica;”. La disposición permanece en el texto vigente citado por el Congreso capitalino.
No cualquier reparación de un bache genera automáticamente una multa
Este punto es fundamental. No existe en los artículos citados una disposición que diga expresamente que un ciudadano será multado simplemente por rellenar un bache. Lo que regula la Ley de Cultura Cívica son las acciones que afectan el espacio público, la movilidad o el uso de los bienes comunes.
Además, la fracción VI del artículo 29 contempla otro supuesto que podría relacionarse con una intervención realizada sin autorización y señala que “Son infracciones contra el entorno urbano de la Ciudad: VI. Cambiar de cualquier forma, el uso o destino del espacio público, sin la autorización correspondiente;”
La disposición continúa formando parte del texto de la ley y, de hecho, en 2026 se han presentado iniciativas en el Congreso de la Ciudad de México para hacer todavía más explícitas las reglas relacionadas con intervenciones físicas en banquetas, aceras y otras áreas públicas.
Por ello, la eventual sanción dependería de la conducta concreta y de la determinación de la autoridad, no simplemente de que una persona haya intentado solucionar un desperfecto frente a su domicilio.
¿De cuánto es la multa en CDMX?
Las conductas señaladas en los artículos anteriores se encuentran dentro de las infracciones tipo B contempladas por la Ley de Cultura Cívica. Para este tipo de faltas, la norma establece una multa equivalente a 11 y hasta 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA), o bien otras sanciones previstas en la propia legislación.
El INEGI estableció para 2026 una UMA diaria de 117.31 pesos, cantidad vigente desde el 1 de febrero de este año. Esto significa que una sanción de 11 UMA representa 1,290.41 pesos, mientras que una de 40 UMA alcanza los 4,692.40 pesos.
Así, la cifra máxima de 4 mil 692 pesos no debe interpretarse como “la multa por tapar un bache”, sino como el extremo superior de una sanción tipo B que podría imponerse cuando la autoridad determine que se cometió alguna de las infracciones contempladas por la ley.
También podría haber arresto o trabajo comunitario
El dinero no es la única consecuencia contemplada para las infracciones tipo B. La Ley de Cultura Cívica establece que también pueden sancionarse con arresto de 13 a 24 horas o trabajo en favor de la comunidad de seis a 12 horas.
La legislación contempla distintas alternativas porque las circunstancias de cada infracción pueden ser diferentes. Por ello, nuevamente, no significa que una persona que intente arreglar un bache necesariamente vaya a ser arrestada o deba pagar la cantidad máxima.
Lo importante es entender que la calle es espacio público y una persona no tiene automáticamente autorización para realizar una obra o intervención en ella, aun cuando la intención sea solucionar un problema que afecta a toda la comunidad.
¿Qué hacer si tienes un bache afuera de tu casa?
En lugar de intervenir directamente la calle, la alternativa es realizar un reporte ante las autoridades capitalinas para que la solicitud sea canalizada a la instancia correspondiente. LOCATEL cuenta con el sistema *0311, desde el cual pueden realizarse reportes y solicitudes de servicios y posteriormente consultar su estatus mediante un folio.
También está disponible el número 55 5658 1111, además de los canales digitales de LOCATEL. De esta manera queda un registro de la solicitud y corresponde a las autoridades atender el desperfecto sin que el ciudadano tenga que intervenir directamente en la vía pública.
Si el bache representa un riesgo para automovilistas o peatones, al realizar el reporte es conveniente proporcionar la ubicación precisa y referencias que permitan identificarlo, además de conservar el folio para posteriormente revisar el avance de la solicitud.
Entonces, ¿me pueden multar si tapo un bache?
No existe una multa específica denominada “por tapar un bache” en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México. Sin embargo, realizar trabajos por cuenta propia en la calle puede involucrar conductas que sí están contempladas como infracciones, particularmente si se obstruye la vía pública, se limita la libertad de tránsito o se modifica el uso del espacio público sin autorización.
Si la conducta es considerada una infracción tipo B, la sanción económica durante 2026 puede ubicarse entre 1,290.41 y 4,692.40 pesos, tomando como referencia el valor vigente de la UMA. También existen alternativas de arresto o trabajo comunitario previstas en la legislación.
Por eso, aunque el bache lleve semanas frente a tu casa y repararlo por tu cuenta parezca la solución más rápida, lo recomendable es reportarlo mediante los canales oficiales y evitar intervenir directamente la calle sin autorización. Así puedes solicitar que se atienda el desperfecto sin exponerte a una posible sanción por afectar o modificar el espacio público.

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