Los contribuyentes que arrastran problemas fiscales de años anteriores tienen durante 2026 una alternativa para regularizarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y disminuir parte de los cargos acumulados. El programa vigente contempla reducciones que pueden alcanzar el 100% en multas, recargos y gastos de ejecución, aunque obtener el porcentaje máximo depende de las características del adeudo y de que se cumplan los requisitos establecidos por la autoridad.
La facilidad contempla obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o años anteriores y puede abarcar contribuciones federales propias, retenidas o trasladadas, aprovechamientos y cuotas compensatorias. También considera determinadas multas relacionadas con infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior. Un punto clave es que el beneficio no significa que el SAT perdone de manera general el impuesto originalmente adeudado, pues el estímulo se concentra en los conceptos establecidos en el programa.
¿Quién puede recibir hasta 100% de descuento del SAT?
El monto de los ingresos es uno de los principales requisitos. Pueden acceder personas físicas y morales cuyos ingresos totales durante el ejercicio fiscal 2024 no hayan excedido los 300 millones de pesos, siempre que se encuentren dentro de alguno de los supuestos contemplados. Esto incluye desde contribuyentes que desean corregir voluntariamente su situación hasta quienes tienen créditos fiscales firmes o están sujetos a facultades de comprobación.
La reducción tampoco funciona de la misma manera para todos. En determinados casos puede llegar al 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. Cuando se trate de ciertos créditos fiscales firmes constituidos exclusivamente por multas relacionadas con obligaciones diferentes al pago, el estímulo puede alcanzar el 90%. Por eso es necesario conocer primero la naturaleza de la deuda antes de calcular cuánto podría disminuir.
Fechas límite para solicitar la regularización fiscal en 2026
El calendario depende de la situación de cada contribuyente. Quienes tengan créditos fiscales firmes disponen hasta el 31 de octubre de 2026 para solicitar el beneficio. Una vez que la autoridad determine su procedencia y ponga a disposición la línea de captura, el pago deberá efectuarse dentro de los 15 días naturales siguientes, de acuerdo con las condiciones aplicables.
Para determinados créditos firmes también existe la posibilidad de distribuir el pago en hasta seis parcialidades. En este supuesto, todos los vencimientos deben respetarse y la última parcialidad tendrá que cubrirse a más tardar el 30 de noviembre de 2026. Dejar de pagar alguno de los montos dentro de los plazos establecidos puede ocasionar que el estímulo pierda sus efectos.
Hay un calendario distinto para quienes tienen contribuciones omitidas que todavía no han sido determinadas por la autoridad. En esos casos es posible presentar las declaraciones correspondientes, aplicar el estímulo y realizar el pago en una sola exhibición hasta el 31 de diciembre de 2026. La fecha también es relevante para quienes estén bajo facultades de comprobación y opten por autocorregirse antes de recibir la resolución que determine las contribuciones omitidas.
El programa tampoco está abierto indiscriminadamente. Entre las restricciones se encuentran determinados contribuyentes beneficiados con condonaciones anteriores, quienes tengan sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal y aquellos incluidos en los listados definitivos relacionados con los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación. Por ello, antes de realizar una solicitud ante el SAT conviene revisar el tipo de adeudo, el ejercicio al que corresponde y el supuesto fiscal aplicable para saber si realmente puede aprovecharse el estímulo.

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