Los comerciantes que operan dentro de las instalaciones del Metro de la Ciudad de México tendrán que cumplir nuevas reglas para mantener sus negocios abiertos. El Sistema de Transporte Colectivo (STC) publicó un nuevo reglamento que establece restricciones sobre el uso de hornos, estufas, aparatos de sonido y equipos eléctricos, además de contemplar sanciones económicas para quienes incumplan con las medidas de seguridad.

El documento, denominado Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales Asignados y/o Propiedad del Sistema de Transporte Colectivo, sustituye la normativa que se encontraba vigente desde 2020 y busca establecer las condiciones bajo las cuales deberán funcionar los espacios comerciales ubicados dentro de la red.

Prohíben el uso de hornos, estufas, aparatos de sonido y equipos eléctricos / Especial

¿Qué estará prohibido para los vendedores del Metro CDMX?

Entre los cambios que podrían tener mayor impacto se encuentra la prohibición de utilizar estufas, hornos o cualquier aparato que incremente la temperatura dentro de las estaciones. La disposición podría afectar principalmente a establecimientos dedicados a la venta de alimentos que necesitan este tipo de equipos para preparar, calentar o mantener sus productos.

También quedará restringido el uso de radios, altavoces, bocinas y otros dispositivos que generen contaminación auditiva. Incluso los comerciantes deberán evitar los gritos como método para promocionar sus productos dentro de los espacios comerciales del transporte capitalino.

Las nuevas reglas establecen además que los permisionarios no podrán utilizar al personal de limpieza contratado por el Metro para atender sus establecimientos. Tampoco podrán fumar, consumir bebidas alcohólicas o cualquier tipo de enervante, vender productos diferentes al giro comercial que les fue autorizado ni provocar daños en los locales que ocupan.

Quedará restringido el uso de radios, altavoces, bocinas y otros dispositivos que generen contaminación auditiva / Especial

Metro establece límites para el consumo de electricidad

La seguridad eléctrica ocupa un apartado importante dentro de la nueva normativa. Cada espacio comercial podrá recibir desde la subestación correspondiente una potencia eléctrica máxima de hasta 3 mil vatios, mientras que los establecimientos no podrán contar con aparatos eléctricos individuales que superen los mil 500 vatios de consumo.

Los comerciantes tendrán además que presentar un inventario de los equipos eléctricos utilizados dentro de sus negocios, acompañado de la información correspondiente sobre sus requerimientos de energía. La intención es mantener un mayor control sobre la demanda eléctrica de cada establecimiento y reducir posibles riesgos dentro de las instalaciones.

Sobrecargar los contactos eléctricos será considerado una falta grave, al igual que utilizar veladoras dentro de los negocios. En estos casos, el reglamento contempla sanciones económicas y la suspensión inmediata de la actividad comercial.

Quien no cumpla con las reglas podría enfrentar multas entre 5 mil 865.50 y 23 mil 462 pesos / Especial

¿De cuánto serán las multas para comerciantes del Metro?

Las infracciones consideradas graves podrán derivar en multas de entre 50 y 200 UMA, equivalentes, de acuerdo con las cantidades incluidas en la normativa, a entre 5 mil 865.50 y 23 mil 462 pesos. Además del pago correspondiente, procederá inmediatamente la suspensión de la actividad comercial.

Los permisionarios también deberán utilizar el uniforme autorizado y cumplir con otras disposiciones relacionadas con la operación y seguridad de sus negocios.

Otra modificación importante establece que el Metro no se hará responsable por daños, robos, accidentes o siniestros que afecten a los permisionarios, empleados, proveedores, mercancías o bienes dentro o fuera de los establecimientos. Debido a ello, los responsables de los espacios deberán contar con un seguro.

Los establecimientos tendrán un periodo de 60 días naturales para realizar las adecuaciones / Especial

Locatarios reaccionan a las nuevas reglas del Metro

Las disposiciones ya comenzaron a generar inquietud entre algunos comerciantes, particularmente aquellos cuyos negocios dependen de hornos u otros equipos que producen calor. Locatarios señalaron que establecimientos como Pastes Kiko’s podrían verse obligados a cerrar determinados espacios si sus equipos quedan comprendidos dentro de las prohibiciones.

También expresaron dudas sobre el cumplimiento de las disposiciones por parte de los comerciantes ubicados en los denominados cilindros, por lo que la aplicación y supervisión de las nuevas medidas será uno de los puntos a seguir después de su entrada en vigor.

Comerciantes tendrán 60 días para adaptarse

El reglamento contempla además la creación de un Comité de Administración y Contratación de Áreas Comerciales y Espacios Publicitarios, encabezado por la Dirección General y la Subdirección General de Administración y Finanzas, que tendrá entre sus funciones la administración de estos espacios dentro del Metro.

La normativa fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, dejando sin efecto el reglamento vigente desde 2020. Sin embargo, los titulares de los establecimientos tendrán un periodo de 60 días naturales para realizar las adecuaciones necesarias y cumplir con las nuevas disposiciones.

De esta manera, los negocios dentro del Metro CDMX deberán revisar desde sus instalaciones eléctricas hasta los equipos que utilizan diariamente, pues acciones como encender una veladora, sobrecargar un contacto o emplear determinados aparatos podrían terminar no solamente en una multa de miles de pesos, sino también en la suspensión de sus actividades.