Los propietarios de Vehículos Eléctricos Personales (VEP), como algunas bicicletas y scooters eléctricos, ya pueden realizar su registro ante la Secretaría de Movilidad (Semovi) para obtener las calcomanías oficiales que permitirán identificar estas unidades durante su circulación en la Ciudad de México.
El trámite forma parte de la nueva regulación que entró en vigor desde el 1 de julio, con el objetivo de ordenar la movilidad eléctrica y brindar mayor certeza sobre este tipo de vehículos
¿Qué es un VEP y quiénes deben tramitar las calcomanías?
De acuerdo con la Semovi, un Vehículo Eléctrico Personal (VEP) es aquel que cuenta con un motor eléctrico de menos de 250 watts y cuya velocidad máxima no supera los 25 kilómetros por hora.
En esta categoría se encuentran algunas bicicletas eléctricas y scooters, los cuales no requieren placas, pero sí deberán portar dos calcomanías oficiales —una vertical y otra horizontal—, además de contar con la constancia de inscripción al padrón de la Semovi.
Requisitos para registrar un VEP en CDMX
Para realizar el trámite, las personas propietarias deben ingresar al Sistema de Trámites Vehiculares de la Ciudad de México y presentar la siguiente documentación:
Identificación oficial vigente con fotografía.
Documento que acredite la propiedad del vehículo, como factura o carta factura vigente.
Archivo XML del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
Comprobante de domicilio de la Ciudad de México, con una antigüedad no mayor a 90 días.
La plataforma cuenta con un catálogo de vehículos previamente registrado por los distribuidores, por lo que la persona solicitante únicamente deberá seleccionar el modelo correspondiente durante el proceso.
¿Cuál es la diferencia entre un VEP y un VEMEPE?
La regulación distingue entre los Vehículos Eléctricos Personales (VEP) y los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE).
Mientras los VEP únicamente requieren su registro y las calcomanías de identificación, los VEMEPE —aquellos con potencia de entre 250 watts y un kilowatt, capaces de superar los 25 kilómetros por hora— deben realizar un proceso de emplacamiento, obtener tarjeta de circulación y cumplir con otros requisitos establecidos por la autoridad.

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