A poco más de un año del arranque de la Copa Mundial de Futbol 2026, una de las principales preocupaciones entre comerciantes ha sido la posibilidad de recibir sanciones por transmitir los partidos dentro de sus establecimientos. La inquietud surgió después de que se difundiera información relacionada con posibles multas para negocios que utilicen señales residenciales para exhibir los encuentros a sus clientes.
Ante la incertidumbre, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) salió a aclarar cuál será su papel durante la justa mundialista que organizarán de manera conjunta México, Estados Unidos y Canadá. La edición de 2026 será histórica, ya que contará con 48 selecciones y un total de 104 partidos, convirtiéndose en la más grande realizada hasta ahora.
El director general del instituto, Vidal Llerenas Morales, explicó que el organismo no tiene contemplado emprender revisiones masivas contra pequeños negocios ni cuenta con la capacidad para supervisar de forma generalizada a los establecimientos del país.
La aclaración llegó luego de que diversos propietarios de restaurantes, cafeterías y comercios expresaran dudas sobre la posibilidad de ofrecer los partidos a sus clientes durante el torneo sin enfrentar consecuencias legales inmediatas.
¿Qué negocios podrían ser objeto de revisión?
De acuerdo con lo expuesto por el IMPI, las verificaciones no estarán dirigidas a establecimientos cuyo giro principal sea la venta de alimentos o servicios y que tengan televisores como un elemento complementario para sus clientes.
Por el contrario, la atención se concentraría en casos específicos donde la transmisión de eventos deportivos represente una actividad central del negocio o forme parte importante de su oferta comercial. Además, cualquier procedimiento estaría vinculado principalmente a solicitudes o denuncias presentadas por los titulares de los derechos correspondientes.
Llerenas también reconoció que existe una “parte gris” en la regulación relacionada con este tema, especialmente cuando se analizan modelos de negocio que no tienen como actividad principal la exhibición de contenidos deportivos.
“El restaurante que se dedica a ser restaurante y que va a tener la televisión no va a ser supervisado, no hay manera de hacerlo. No queremos generar eso, no queremos generar un pánico. Queremos que la gente disfrute el mundial, eso tampoco le va a convenir a nadie”, dijo Llerenas.
Lo que establece la legislación vigente
Aunque el instituto descartó una estrategia de supervisión masiva, la Ley Federal del Derecho de Autor sí contempla sanciones para la retransmisión de contenidos protegidos cuando existe un aprovechamiento comercial sin autorización.
Las multas previstas por la legislación pueden ir de mil a cinco mil días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), montos que en determinados casos podrían superar el medio millón de pesos.
Para evitar problemas relacionados con los derechos de transmisión, existen opciones de licenciamiento comercial dirigidas a negocios. Empresas como Izzi Negocios y Sky Business ofrecen paquetes diseñados específicamente para establecimientos que buscan transmitir eventos deportivos de manera autorizada.
Por su parte, la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO SERVYTUR) ha planteado la necesidad de crear esquemas más accesibles para micro y pequeñas empresas, con el objetivo de que puedan aprovechar la derrama económica que se espera genere el Mundial 2026 sin enfrentar barreras excesivas.

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