El pasado martes, el Senado aprobó reformar varios artículos de la Constitución para darle salida a ‘ley contra el nepotismo’, la cual, a grandes rasgos, busca evitar la reelección consecutiva de funcionarios en el gobierno y/o que sus familiares cercanos ocupen el mismo cargo.
Las iniciativas pasarán a la Cámara de Diputados para su aprobación definitiva, donde volverán a revisar las modificaciones a los artículos 55, 82, 115, 116 y 122, pues de entrar en vigor sería hasta 2030.

¿A quién afectaría la ‘Ley contra el nepotismo’?
La propuesta enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum al Congreso de la Unión es para que algunos personajes políticos no puedan poner a sus familiares, hijos, hermanos o parejas en el mismo cargo consecutivamente.
Para entender un poco más sobre este tema, el portal de Serendipia nos explicó las modificaciones con peras y manzanas:

Prohibición del nepotismo electoral: Quienes tengan un vínculo de matrimonio, concubinato o parentesco hasta el cuarto grado (primos hermanos, tíos abuelos y sobrinos nieto) con un funcionario en funciones no podrán postularse al mismo cargo inmediatamente después de su familiar.
Prohibición de la reelección inmediata: Se establece que las personas que hayan ocupado un cargo de elección popular no podrán reelegirse para el mismo cargo en el período inmediato posterior.
Modificación a la Constitución: Se incluyen cambios en los artículos 55, 82, 115, 116 y 122 para establecer claramente estas prohibiciones.
Aplicación a distintos niveles de gobierno: La restricción aplica para diputaciones, senadurías, gobernaturas, presidencias municipales, regidurías y sindicaturas.
Periodo de restricción de tres años: La prohibición para candidatos con parentesco con funcionarios en funciones aplicará a quienes hayan tenido el vínculo en los tres años previos a la elección.
Entrada en vigor en 2030: Para asegurar los votos en el Senado, se acordó que la reforma no aplicará en las elecciones intermedias de 2027, sino hasta el fin del actual sexenio.

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