Miles de trabajadores al servicio del Estado podrían acceder a una jubilación antes de cumplir los 60 años gracias a las modificaciones impulsadas por el Gobierno federal en el sistema de pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
La medida fue formalizada mediante un decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se establece un nuevo esquema que detiene el incremento progresivo de la edad mínima de jubilación y, además, fija una reducción gradual que se extenderá hasta el año 2034.
Con esta decisión, algunas trabajadoras podrán retirarse desde los 53 años y los hombres desde los 55, siempre y cuando cumplan con los requisitos de edad y años de servicio establecidos por la legislación vigente.
¿Quiénes podrán jubilarse antes de los 60 años?
Aunque la noticia ha generado interés entre millones de trabajadores, el beneficio no será universal.
El decreto únicamente aplica para quienes permanecen bajo el régimen establecido en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, es decir, aquellos trabajadores que ingresaron al servicio público antes del 1 de abril de 2007 y que decidieron mantenerse en el sistema tradicional de pensiones tras la reforma implementada ese año.
Esto significa que quienes actualmente cotizan bajo el régimen de Cuentas Individuales administrado por AFORE ISSSTE no podrán acceder a este esquema de jubilación anticipada.
Tampoco se verán modificadas las reglas correspondientes a pensiones por invalidez, viudez o cesantía en edad avanzada, ya que dichas modalidades continúan operando bajo normativas específicas distintas al decreto anunciado por el Gobierno federal.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
El ISSSTE aclaró que no basta con acumular años de servicio para obtener la jubilación. Para acceder al beneficio durante 2026 será obligatorio cumplir simultáneamente con la edad mínima y los años de cotización requeridos.
Las mujeres deberán acreditar al menos 56 años de edad y 28 años de servicio cotizados. Por su parte, los hombres necesitarán haber cumplido 58 años de edad y contar con 30 años de cotización.
El instituto destacó que el sistema realiza una verificación electrónica automática de cada expediente, por lo que si el trabajador aún no cumple con la edad mínima establecida, el trámite de pensión será rechazado de forma automática.
La edad seguirá bajando hasta 2034
Uno de los aspectos más relevantes del decreto es que establece una reducción gradual de la edad mínima para jubilarse.
El calendario quedó definido de la siguiente manera:
De 2025 a 2027
Mujeres: 56 años
Hombres: 58 años
De 2028 a 2030
Mujeres: 55 años
Hombres: 57 años
De 2031 a 2033
Mujeres: 54 años
Hombres: 56 años
A partir de 2034
Mujeres: 53 años
Hombres: 55 años
En todos los casos, los requisitos de antigüedad permanecerán sin cambios: 28 años de servicio para mujeres y 30 años para hombres. La reducción de la edad busca beneficiar a quienes han dedicado gran parte de su vida laboral al servicio público y permanecen dentro del régimen tradicional del ISSSTE.
¿Se puede recibir el 100% del salario?
De acuerdo con el decreto presidencial, quienes cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo Décimo Transitorio podrán acceder a una pensión equivalente al 100 por ciento del promedio del sueldo básico del último año de servicio.
Esta es una de las principales ventajas del régimen tradicional frente al sistema de cuentas individuales, ya que permite garantizar una pensión calculada con base en el salario percibido durante los últimos meses de actividad laboral. Sin embargo, el ISSSTE puntualiza que cada caso es revisado individualmente antes de determinar la procedencia del beneficio.
¿Cómo realizar el trámite?
Las personas interesadas en jubilarse podrán iniciar el proceso hasta tres meses antes de cumplir la edad mínima requerida. El primer paso consiste en acudir al área de Recursos Humanos de la dependencia donde laboran para integrar el expediente correspondiente.
Entre los documentos solicitados se encuentran:
Identificación oficial vigente.
CURP.
Comprobante de domicilio.
Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria.
Hoja de servicios.
Posteriormente, el trámite continúa en el Departamento de Pensiones de la Delegación del ISSSTE que corresponda al trabajador. Las Direcciones de Prestaciones Económicas y de Incorporación, Recaudación e Inversiones serán las encargadas de revisar la documentación y determinar si la pensión procede conforme a lo establecido por la ley.
Un cambio que beneficiará a miles de trabajadores
La decisión de detener el incremento en la edad de retiro y establecer una reducción progresiva representa uno de los cambios más importantes para los trabajadores afiliados al ISSSTE en los últimos años.
Para miles de empleados del sector público que comenzaron su carrera antes de la reforma de 2007, la medida abre la posibilidad de concluir su etapa laboral antes de los 60 años y acceder a una pensión con mejores condiciones económicas.
No obstante, especialistas recomiendan revisar cuidadosamente el régimen bajo el cual se cotiza actualmente, ya que el beneficio únicamente aplica para quienes permanecen en el esquema del Artículo Décimo Transitorio y cumplen con todos los requisitos de edad y antigüedad establecidos por la legislación vigente.

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