SCJN respalda a Diego Luna y fija indemnización del 40% por uso de su imagen
El pleito legal entre Diego Luna y la marca Johnnie Walker, que lleva más de una década en tribunales, acaba de dar un nuevo giro luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitiera un fallo que fortalece la protección del derecho a la imagen y beneficia directamente al actor mexicano.
A través de sus redes sociales, el máximo tribunal del país estableció que cuando una empresa utilice la imagen de una persona sin su autorización, esta podrá exigir una indemnización mínima equivalente al 40% de las ganancias generadas por el producto o campaña publicitaria en cuestión, marcando un precedente importante en materia de derechos de personalidad en México.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantizó la protección de la imagen y de la vida privada de las personas, al reafirmar que no pueden ser utilizadas con fines comerciales sin autorización. En el caso se acreditó que una empresa usó sin consentimiento la imagen del actor Diego Luna en una campaña publicitaria”.
Un fallo que cambia las reglas del juego
La resolución no solo fija un porcentaje claro de compensación, sino que también establece que las empresas no podrán descontar gastos relacionados con la producción, distribución o comercialización al momento de calcular la indemnización, lo que eleva significativamente el impacto económico para quienes incurran en este tipo de prácticas.
El pronunciamiento deriva del Amparo Directo en Revisión 6448/2025, vinculado al caso del actor conocido como “Charolastra”, en el que la empresa buscaba reducir el monto de la compensación. Sin embargo, la Corte determinó reforzar los criterios para garantizar una reparación del daño más justa.
Además, se fijaron parámetros específicos para calcular la indemnización, como considerar las ventas obtenidas en el periodo y el lugar donde se difundió la campaña, lo que permitirá dimensionar con mayor precisión el beneficio económico obtenido de manera indebida.
“Respecto de la propuesta del parámetro para determinar el cálculo de indemnización, el criterio territorial debe limitarse a las ventas realizadas en el lugar donde la campaña publicitaria ilícita fue difundida (en México). Extender los efectos de la condena a otros países implicaría desconocer la jurisdicción de tribunales extranjeros y el marco legal aplicable en cada país”, dice le documento con el nombre de la Ministra Lenia Batres.
La batalla legal que comenzó hace más de 10 años
El conflicto se remonta a 2011, cuando se lanzó la campaña publicitaria “Caminando con gigantes”, en la que se utilizó la imagen de Diego Luna y Gael García Bernal sin su consentimiento, lo que detonó una disputa legal que se extendió por años.
Fue hasta 2022 cuando la SCJN confirmó que sí existió un uso indebido de imagen, otorgando una primera victoria a los actores. En ese momento, Gael García Bernal obtuvo el 40% de las ganancias relacionadas con la campaña, mientras que el caso de Diego Luna quedó pendiente para que un juzgado civil determinara el monto de la indemnización.
Nuevo capítulo para Diego Luna
Con esta nueva resolución, la SCJN ordenó que se emita una nueva sentencia en el caso de Diego Luna, aplicando los criterios establecidos para garantizar una reparación adecuada del daño sufrido, lo que podría traducirse en una indemnización significativa para el actor.
El fallo no solo representa un avance en su caso personal, sino que también sienta un precedente clave para futuras controversias relacionadas con el uso indebido de imagen, enviando un mensaje claro a las empresas sobre la importancia de respetar los derechos de las personas.
Un precedente que impacta a toda la industria
Más allá del caso específico, la decisión de la Suprema Corte marca un antes y un después en la protección de la imagen en México, especialmente en un contexto donde la publicidad, el marketing y los contenidos digitales tienen cada vez mayor alcance.
Este nuevo criterio obliga a las empresas a ser más cuidadosas en el uso de la imagen de figuras públicas y privadas, ya que las consecuencias legales podrían implicar pérdidas económicas considerables. En el caso de Diego Luna, la historia aún no termina, pero este fallo representa un paso clave en una batalla legal que, tras más de una década, sigue redefiniendo los límites entre la publicidad y los derechos individuales.