Conseguir trabajo en México podría dejar de estar condicionado, de manera general, a la presentación de una carta de no antecedentes penales. Una iniciativa presentada en el Senado de la República propone modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para evitar que las empresas soliciten este documento de forma indiscriminada durante sus procesos de contratación, permanencia o promoción laboral.
La propuesta fue impulsada por el senador de Morena Juan Carlos Loera de la Rosa y contempla modificar el artículo 133 de la LFT, donde se establecen distintas prohibiciones para las personas empleadoras. El objetivo es impedir que los antecedentes penales sean utilizados automáticamente como un filtro para descartar candidatos, especialmente cuando esa información no tiene una relación directa con las actividades que desempeñará el trabajador.
Sin embargo, existe un punto fundamental: la medida todavía no está vigente. La Ley Federal del Trabajo, con última reforma publicada el 14 de mayo de 2026, no contempla todavía esta prohibición específica, por lo que las empresas no tienen actualmente una nueva obligación federal derivada de esta iniciativa.
¿Qué cambiaría en la Ley Federal del Trabajo?
La iniciativa propone adicionar una fracción XVII Ter al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo para establecer que las personas empleadoras no podrán solicitar constancias, certificados o documentos relacionados con antecedentes penales como condición general para obtener un empleo, conservarlo o acceder a una promoción o ascenso.
La intención es que las empresas no puedan incorporar la carta de no antecedentes penales de manera automática en todas sus vacantes únicamente porque así lo establece una política interna. En caso de solicitarla, tendría que existir una justificación legal y objetiva relacionada directamente con las funciones y responsabilidades del puesto.
La propuesta, sin embargo, contempla excepciones. El documento podría continuar solicitándose cuando una disposición legal establezca expresamente este requisito y cuando resulte necesario y proporcional para desempeñar determinadas actividades.
¿Ya está prohibido pedir antecedentes penales para conseguir trabajo?
No. Al 7 de agosto de 2026, la propuesta debe entenderse como una iniciativa en proceso legislativo y no como una reforma vigente de la Ley Federal del Trabajo.
Para que la modificación tenga efectos deberá superar el proceso correspondiente en el Congreso, ser remitida al Ejecutivo federal y posteriormente publicarse en el Diario Oficial de la Federación. Solamente después de cumplir con estos pasos podría entrar en vigor la nueva disposición y, en su caso, comenzar el periodo para que las empresas adapten sus procedimientos de contratación.
Actualmente, la LFT sí establece principios contra la discriminación y señala que las relaciones laborales deben desarrollarse respetando la dignidad de las personas. No obstante, el artículo 133 todavía no contiene la fracción propuesta para prohibir expresamente la solicitud generalizada de antecedentes penales para ingresar, permanecer o ascender en un empleo.
¿En qué trabajos sí podrían solicitar la carta de antecedentes penales?
Incluso si la iniciativa es aprobada, la carta de antecedentes penales no desaparecería por completo de los procesos laborales. La propuesta contempla que pueda solicitarse cuando exista una disposición legal que lo permita y las características del empleo justifiquen conocer esta información.
La Ley Nacional de Ejecución Penal ya contempla determinados escenarios para la expedición de constancias de antecedentes penales, incluyendo investigaciones y procesos judiciales, requisitos expresamente previstos en otras leyes, determinados cargos públicos, el ingreso a instituciones de seguridad y situaciones en las que la naturaleza del trabajo o el interés público justifiquen conocer esta información.
El objetivo de la propuesta, por lo tanto, no es eliminar cualquier revisión de antecedentes, sino evitar que la carta se convierta en una barrera laboral automática para puestos en los que esa información no tenga relación con las actividades, responsabilidades o riesgos asociados con el empleo.
¿Por qué la carta de antecedentes penales podría ser discriminatoria?
Uno de los argumentos centrales detrás de la iniciativa es que solicitar antecedentes penales indiscriminadamente puede provocar que una persona sea descartada de un empleo sin analizar primero su experiencia, preparación profesional, capacidades o la relación que pueda existir entre el antecedente y las funciones que pretende desempeñar.
Además, una constancia no necesariamente refleja todas las circunstancias que rodearon un caso y puede involucrar conductas de diferente naturaleza o gravedad. Por esta razón, utilizar exclusivamente ese documento para excluir automáticamente a una persona del mercado laboral podría representar una medida desproporcionada.
La Constitución mexicana establece la prohibición de actos discriminatorios que atenten contra la dignidad humana y reconoce el derecho de las personas a dedicarse a actividades laborales lícitas. Además, el modelo de reinserción social contempla al trabajo y la capacitación como elementos fundamentales para que las personas puedan reincorporarse a la sociedad.
La propuesta para eliminar este requisito no es nueva
La discusión sobre las cartas de antecedentes penales en los procesos de contratación lleva varios años en el Congreso. En diciembre de 2021, una comisión del Senado aprobó una propuesta para impedir que fueran exigidas para el ingreso, permanencia y ascenso laboral, salvo en los casos contemplados por la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Posteriormente, en octubre de 2023, el Pleno del Senado aprobó con 69 votos a favor otro proyecto relacionado y lo envió a la Cámara de Diputados. Aquella iniciativa pretendía impedir que los empleadores rechazaran automáticamente a una persona únicamente por contar con antecedentes penales cuando estos no tuvieran relación con las funciones del puesto.
Pese a estos antecedentes legislativos, la prohibición específica no terminó incorporándose a la Ley Federal del Trabajo vigente, por lo que la nueva propuesta busca retomar una discusión que permanece pendiente.
¿Qué pasaría con las empresas si se aprueba la reforma?
De convertirse en ley, las empresas y sus departamentos de recursos humanos tendrían que revisar sus procesos de reclutamiento, formularios, convocatorias y políticas internas. La carta de antecedentes penales dejaría de utilizarse como un requisito predeterminado y solamente podría solicitarse cuando existiera una justificación respaldada por la legislación y vinculada con las características del puesto.
Para los trabajadores, la modificación proporcionaría una herramienta legal más clara para combatir solicitudes consideradas desproporcionadas, especialmente en el caso de personas que ya cumplieron una sentencia y buscan reincorporarse al empleo formal.
La reforma tampoco significaría que las empresas estén obligadas a contratar a cualquier candidato ni eliminaría la posibilidad de evaluar experiencia, referencias laborales, certificaciones o conocimientos técnicos. El cambio tendría un objetivo mucho más concreto: evitar que contar con antecedentes penales que no tengan relación con el trabajo se convierta automáticamente en una razón para cerrar las puertas de un empleo.

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