Presta atención porque si vives en la Ciudad de México y eres automovilista, las autoridades locales han añadido una nueva licencia de conducir, diferente a la permanente que actualmente se puede tramitar, y la cual contará con requisitos más estrictos de los ya conocidos.

Nuevas multas tras tragedia en Iztapalapa
Desde el pasado 10 de octubre entraron en vigor nuevas multas por infracciones al Reglamento de Tránsito de la CDMX, derivadas de la volcadura y explosión de una pipa de gas ocurrida el 10 de septiembre en el puente de La Concordia, en la alcaldía Iztapalapa. Este trágico evento dejó como saldo 31 personas muertas, además de decenas de quemados y lesionados.
¿Qué es la nueva licencia tipo E13?
Paralelo a las sanciones, se anunció que, conforme al artículo 120 del Reglamento de la Ley de Movilidad, se agregó una nueva clasificación de licencia de conducir: la tipo E13, la cual está pensada exclusivamente para conductores de vehículos que transportan sustancias peligrosas, como gas LP, químicos o combustibles.

Así como con la licencia tipo E12 que ya existe, quienes deseen tramitar la nueva licencia tipo E13 deberán contar previamente con la licencia tipo A, obligatoria para todo automovilista particular.
Requisitos para tramitarla:
- Identificación oficial
- CURP
- Comprobante de domicilio
- Pago de derechos
En ambos casos (E12 y E13), será necesario aprobar evaluaciones más rigurosas y una capacitación especializada, con el objetivo de garantizar una conducción segura y responsable.

Diferencias entre licencia tipo E12 y E13
- Licencia tipo E12: Para transporte especializado según establezca la Secretaría de Movilidad.
- Licencia tipo E13: Exclusiva para vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas, conforme al artículo 126 del Reglamento de Movilidad de la CDMX.
El precio de la licencia tipo E13, también conocida como Licencia Tipo E, varía según la vigencia, con costos aproximados de mil 619 pesos para dos años y 2 mil 431 pesos para tres años en la capital.
Nuevas reglas para vehículos con sustancias peligrosas
En cuanto a los vehículos de carga pesada que transportan gas u otras sustancias peligrosas, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) ha determinado que no podrán circular a más de 30 km/h. En caso de incumplimiento, se aplicarán multas superiores a los 60 mil pesos.
“Tratándose de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas, el límite de velocidad máximo será de 30 kilómetros por hora en cualquier zona o vía de circulación”, informó el titular de la SSC, Pablo Vázquez.

¿De cuánto son las multas?
Según los artículos 9 y 26 del Reglamento de Tránsito, los conductores que excedan los límites serán sancionados con multas de entre 100 y 300 UMAS, es decir, desde $11,350 hasta $34,000 pesos, dependiendo de la infracción.
Además, se impondrán sanciones duplicadas a quienes transporten sustancias peligrosas y rebasen los 30 km/h, así como restricciones de horario y rutas.




