Si tienes un perro o un gato, es posible que en los últimos días hayas escuchado que ahora será necesario tramitarle una especie de “CURP para mascotas”. La realidad es más precisa: no existe actualmente una CURP federal para animales que todos los tutores del país deban obtener de inmediato, aunque sí hay estados donde registrar a una mascota ya forma parte de las obligaciones de sus responsables.

La diferencia depende, por ahora, del lugar de residencia. En la Ciudad de México, por ejemplo, los tutores de perros y gatos deben utilizar el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC). El propio sistema capitalino señala que el registro es obligatorio para residentes de la CDMX, no tiene costo y permite generar un carnet asociado al animal.

Para realizar ese trámite se necesita una Llave CDMX y fotografías del animal tomadas de frente, de perfil y junto con su tutor. Después de completar la información solicitada, el documento puede consultarse desde la App CDMX. El registro también permite realizar modificaciones cuando ocurre un cambio de domicilio, de tutor o el fallecimiento del animal.

No todos los estados tienen las mismas reglas

En Nuevo León, la legislación establece un mecanismo distinto. La Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado obliga a propietarios, poseedores o encargados a inscribir al animal en el registro estatal dentro de los primeros 60 días naturales de tutela. El sistema incluye animales de compañía convencionales y no convencionales, entre otras categorías.

El registro neoleonés reúne información como especie, sexo, raza, edad aproximada o exacta, color, características particulares, nombre y, cuando exista, el número de microchip. Además, la normativa establece que cambios como extravío, robo, fallecimiento o modificación de domicilio deben notificarse posteriormente.

Los registros de animales de compañía permiten contar con datos útiles en casos de extravío o abandono./ IA

En otras entidades existen padrones o mecanismos propios que no necesariamente funcionan igual ni tienen las mismas obligaciones. Por eso, llamar “CURP para mascotas” a todos estos registros puede resultar engañoso: no se trata de un documento equivalente a la CURP de las personas, sino de sistemas destinados a identificar animales y relacionarlos con quien está a cargo de ellos.

¿Por qué volvió a hablarse de una “CURP para mascotas” nacional?

El tema cobró fuerza después de que el Senado de la República avanzara con una nueva legislación federal en materia de bienestar y protección animal que contempla la creación de un esquema nacional de registro para animales de compañía. Este planteamiento busca contar con información común que facilite su identificación y permita fortalecer las políticas públicas relacionadas con abandono, extravío, salud y maltrato.

Eso no significa, sin embargo, que los registros estatales hayan desaparecido ni que todos los dueños del país deban realizar desde ahora un nuevo trámite federal. Mientras termina de definirse e implementarse el marco nacional, los sistemas locales continúan funcionando bajo las reglas de cada entidad.

El caso de la CDMX permite entender la finalidad de estos padrones. Además de vincular a perros y gatos con sus tutores, el RUAC pretende darles certeza jurídica y facilitar su identificación en distintas circunstancias. El trámite es gratuito y únicamente está disponible para personas residentes en la capital.

La llamada “CURP para mascotas” corresponde a distintos sistemas de registro que operan en algunas entidades./ RS