Recibir una llamada para ofrecer una tarjeta de crédito, un servicio telefónico, un seguro o cualquier otro producto podría dejar de ser solamente una molestia para los consumidores y convertirse en un problema millonario para las empresas que insistan pese a que la persona ya manifestó que no desea recibir este tipo de comunicaciones. El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que busca endurecer las sanciones contra proveedores que realicen llamadas comerciales o publicitarias de manera reiterada y persistente sin autorización.

El dictamen contempla modificaciones a los artículos 18 Bis y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor y establece multas que irían desde 56 mil 570 pesos hasta 2 millones 345 mil 728.71 pesos. Sin embargo, las nuevas sanciones todavía no pueden aplicarse, ya que la propuesta fue enviada a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar su proceso legislativo antes de convertirse en una disposición vigente.

El Senado aprobó una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor / Magnific

¿Qué aprobó el Senado contra las llamadas comerciales?

La reforma fue avalada tanto en lo general como en lo particular con 96 votos a favor y sin reservas, con el objetivo de fortalecer la protección de los consumidores frente a comunicaciones comerciales que continúan incluso después de que una persona expresó claramente que no está interesada en recibirlas.

La iniciativa fue presentada por la senadora del PAN Mayuli Latifa Martínez Simón el 21 de octubre de 2025 y busca que la negativa del consumidor tenga consecuencias efectivas. Es decir, que una persona no tenga que rechazar una y otra vez las llamadas de una misma empresa para dejar claro que no desea recibir publicidad o propuestas comerciales.

La modificación plantea que los proveedores que utilicen información de consumidores con objetivos mercadotécnicos o publicitarios no puedan realizar llamadas telefónicas u otras comunicaciones no autorizadas de forma reiterada y persistente cuando el usuario haya expresado previamente su negativa.

Se busca endurecer las sanciones contra proveedores que realicen llamadas publicitarias de manera reiterada / Especial

¿De cuánto serían las multas por llamadas comerciales no autorizadas?

Uno de los cambios más importantes se encuentra precisamente en el bolsillo de las compañías. Las infracciones relacionadas con el artículo 18 Bis podrían ser castigadas con multas que comenzarían en 56 mil 570 pesos y alcanzarían los 2 millones 345 mil 728.71 pesos, una diferencia considerable frente a las cantidades señaladas durante la discusión como parte del régimen actual.

El endurecimiento de las sanciones busca generar un incentivo económico suficientemente fuerte para que las empresas respeten la voluntad de los consumidores y no continúen utilizando sus números telefónicos para promocionar mercancías, productos, servicios financieros, tarjetas de crédito u otras ofertas después de recibir una negativa.

La senadora del PVEM María del Rocío Corona Nakamura destacó durante la discusión que las nuevas sanciones están dirigidas precisamente a aquellas empresas que mantienen comunicaciones comerciales pese a que la persona ya indicó que no desea continuar recibiéndolas.

Las empresas podrían recibir multas de 56 mil 570 pesos hasta los 2 millones 345 mil 728.71 pesos / Magnific

¿Ya no podrán llamarte para ofrecer tarjetas o servicios?

La reforma no significa que todas las llamadas comerciales quedarán automáticamente prohibidas. El punto central está en aquellas comunicaciones realizadas sin autorización y, particularmente, cuando una empresa continúa contactando de manera reiterada y persistente a una persona que ya manifestó su negativa a recibir publicidad.

De esta manera, el consumidor tendría una protección más clara frente a aquellas situaciones en las que rechaza una oferta y, pese a ello, continúa recibiendo llamadas posteriores para venderle el mismo producto u otros servicios.

La modificación se incorporaría al marco jurídico que ya establece restricciones para enviar publicidad a consumidores que hayan manifestado que no desean recibirla o que se encuentren registrados en los mecanismos correspondientes para evitar este tipo de comunicaciones.

Contratar a otra empresa para realizar las llamadas no evitaría la responsabilidad

Otro aspecto relevante es que la propuesta contempla lo que sucede cuando una compañía recurre a terceros o centros de llamadas externos para ponerse en contacto con posibles clientes.

De acuerdo con lo planteado, contratar a otra empresa para realizar las comunicaciones comerciales no eliminaría la responsabilidad del proveedor respecto al uso de los datos y las llamadas realizadas a los consumidores.

Con ello se busca evitar que las empresas puedan deslindarse argumentando que las llamadas fueron realizadas por un tercero contratado para realizar campañas comerciales o publicitarias.

¿Cómo obtienen las empresas tu número telefónico?

La discusión en el Senado también abrió otra interrogante frecuente entre los consumidores: ¿de dónde obtienen las compañías los números telefónicos utilizados para realizar llamadas comerciales?

Durante su intervención, María del Rocío Corona Nakamura cuestionó precisamente el origen de los datos personales empleados para estas campañas y planteó la necesidad de fortalecer la protección de la información de los usuarios.

El tema cobra relevancia porque muchas personas reciben llamadas de compañías con las que aseguran no haber tenido una relación comercial previa, generando dudas sobre la manera en que sus números telefónicos llegaron a bases de datos utilizadas con fines publicitarios.

México enfrenta una alta cantidad de llamadas no deseadas

Como parte de los argumentos alrededor de la reforma también se presentó información atribuida a la aplicación Truecaller, según la cual México se encuentra entre los países afectados por una elevada cantidad de llamadas no deseadas.

Los datos citados durante el proceso legislativo apuntan a un promedio estimado de entre 20 y 25 llamadas spam por usuario al mes, una situación que ha convertido este tipo de comunicaciones en un problema cotidiano para numerosas personas.

Además de las molestias generadas por las llamadas constantes, los legisladores plantearon el problema desde la perspectiva de la privacidad y protección de los datos personales, especialmente cuando el consumidor desconoce cómo una compañía obtuvo su número telefónico.

¿Cuándo comenzarían las multas de hasta 2.3 millones de pesos?

Aunque el Senado ya dio luz verde a la reforma, las nuevas multas todavía no están vigentes únicamente por esa aprobación. El dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados, donde deberá ser discutido y, en su caso, aprobado para continuar con el procedimiento legislativo correspondiente.

Por ello, las empresas todavía no pueden recibir automáticamente una multa de 2 millones 345 mil 728.71 pesos bajo las nuevas disposiciones únicamente porque el Senado haya aprobado el proyecto.

Si la reforma completa exitosamente las etapas pendientes y entra en vigor, las modificaciones elevarían considerablemente las sanciones aplicables a las compañías que incumplan las disposiciones relacionadas con comunicaciones comerciales no autorizadas.