Aunque muchas personas no lo saben, cuando alguien fallece su CURP sigue activa en los registros del gobierno… a menos que la familia haga un trámite especial para cancelarla.
No hacerlo puede abrir la puerta a fraudes, cobros indebidos o hasta robos de identidad en nombre del fallecido.
La Secretaría de Gobernación (SEGOB), a través del Registro Nacional de Población (RENAPO), habilitó un procedimiento gratuito para dar de baja la CURP de una persona fallecida y así evitar complicaciones legales o financieras para sus familiares.

¿Qué pasa si no se da de baja la CURP?
Dejar activa la CURP de una persona que ya murió puede tener consecuencias graves:
Puede usarse para tramitar créditos, seguros o beneficios sociales.
Se pueden generar problemas con herencias, pensiones o cuentas bancarias.
En algunos casos, se han detectado suplantaciones de identidad usando CURPs de personas fallecidas.
Por eso, el trámite no solo es un deber administrativo: es una forma de proteger la identidad y el patrimonio familiar.

¿Dónde se hace el trámite?
El proceso se realiza de forma presencial en un módulo de CURP, que puedes ubicar fácilmente en la Ventanilla Única Nacional de Trámites.
Es gratuito y no requiere cita previa, aunque se recomienda llevar todos los documentos en original y copia.

Requisitos para solicitar la baja de CURP
Pueden realizarlo familiares directos o tutores legales.
Estos son los documentos necesarios:
Identificación oficial vigente del solicitante.
Acta de defunción del titular de la CURP.
Documento que acredite el parentesco, como acta de nacimiento, matrimonio o tutela.
En casos de parentesco más lejano (como abuelos o bisabuelos), se requiere una cadena de documentos que vincule legalmente a ambas personas.

¿Dónde pedir ayuda?
Si tienes dudas sobre el proceso, puedes contactar al Centro de Atención y Servicio del RENAPO:
En Ciudad de México: 51 28 11 11
En el resto del país: 800 911 11 11




