Desde el 10 de octubre, los conductores de vehículos que transporten sustancias peligrosas en la Ciudad de México deberán pisar el freno y circular a no más de 30 kilómetros por hora.
Así lo anunció Pablo Vázquez Camacho, titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, quien confirmó que ya entraron en vigor las nuevas disposiciones del Reglamento de Tránsito que buscan reforzar la seguridad vial y prevenir más tragedias como la ocurrida en el Puente de la Concordia, en Iztapalapa.

Multas de hasta 67 mil pesos
Según lo establecido en los artículos 9 y 26 del Reglamento de Tránsito, los conductores que superen los límites serán sancionados con multas de entre 100 y 300 UMAS, es decir, desde $11,350 hasta $34,000 pesos, dependiendo la infracción.
Además, habrá sanciones duplicadas para quienes trasladen sustancias peligrosas y rebasen los 30 km/h, así como restricciones de horario y rutas.
“Se utilizarán radares móviles en los cinco accesos carreteros a la Ciudad de México para controlar cualquier exceso de velocidad de este tipo de vehículos”, informaron las autoridades.

¿Quiénes deben respetar el nuevo límite?
- Transporte de sustancias peligrosas
- Unidades que trasladen más de 40 mil litros de carga
- Pipas con más de 10 mil litros de hidrocarburos (prohibido en vías secundarias)
- Prohibido circular de 22:00 a 5:00 si llevan más de 20 mil litros de hidrocarburos
- Se exigirá constancia del curso de manejo de sustancias peligrosas para obtener la licencia tipo E12

Radares en accesos carreteros
Las vialidades vigiladas con radares móviles serán:
- México–Pachuca
- México–Querétaro
- México–Toluca
- México–Puebla
- México–Cuernavaca
El endurecimiento de las reglas busca prevenir accidentes mortales relacionados con el transporte de materiales peligrosos. La CDMX endurece el paso… y más vale que frenes a tiempo.




