Si utilizas un scooter, monopatín o bicicleta eléctrica para moverte por la Ciudad de México, podrías recibir una multa a partir del 20 de noviembre de 2026 si tu vehículo no cumple con las nuevas disposiciones de tránsito. Las autoridades capitalinas comenzarán a sancionar a los conductores de determinadas unidades eléctricas que circulen sin placas, documentos obligatorios o que utilicen espacios donde tienen prohibido transitar.
La medida forma parte de los cambios impulsados por el Gobierno de la Ciudad de México para regular el uso de los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), que han ganado presencia como una alternativa de transporte. Aunque las autoridades establecieron un periodo para que los propietarios se familiarizaran con las nuevas obligaciones, este mes comenzará la aplicación de sanciones económicas.
Desde el 1 de septiembre de 2026, los agentes de tránsito iniciaron una etapa de amonestaciones para advertir a quienes no cumplieran con las disposiciones. Sin embargo, el plazo de adaptación está por terminar y los usuarios deberán revisar las características de sus vehículos, pues no todos los modelos eléctricos están obligados a realizar los mismos trámites.
¿Qué scooters y bicicletas eléctricas necesitan placas para circular en CDMX?
Dentro de esta clasificación se encuentran los VEMEPE tipo A, con peso menor a 35 kilogramos, y los tipo B, que superan los 35 y pueden llegar hasta 350 kilogramos. Dependiendo de sus características, los propietarios deberán contar con placas, el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DEM), licencia de conducir correspondiente y demás documentos establecidos por las autoridades. También se contempla el uso obligatorio de casco y seguro de responsabilidad civil conforme a las disposiciones aplicables.
Sin embargo, no todas las bicicletas eléctricas y scooters tendrán que emplacarse. Los vehículos que no superen los 25 kilómetros por hora y tengan una potencia inferior a 250 watts pueden quedar fuera de las obligaciones de emplacamiento previstas para los VEMEPE. Las bicicletas que funcionan mediante pedaleo asistido también pueden tener condiciones diferentes, por lo que es importante consultar la ficha técnica antes de realizar cualquier trámite.
Multas de más de 2 mil pesos: estas son las reglas que deberán cumplir
Los conductores que incumplan determinadas disposiciones podrán enfrentar sanciones de 10, 15 o 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes en 2026 a mil 173.10, mil 759.65 y 2 mil 346.20 pesos, respectivamente. El monto dependerá de la infracción cometida y, en algunos casos, las autoridades también podrán ordenar que el vehículo sea enviado al depósito vehicular.
Otra de las modificaciones que deberán considerar los usuarios tiene que ver con los lugares permitidos para circular. Los VEMEPE no podrán utilizar banquetas, ciclovías ni carriles exclusivos del transporte público, además de que tendrán restricciones para ingresar a determinadas vialidades de alta velocidad. En el caso de los vehículos tipo B de dos ruedas, no podrán circular por vías con límites superiores a 50 kilómetros por hora, mientras que para unidades de tres o más ruedas el límite será de 40 kilómetros por hora.
Para evitar problemas con las autoridades, los propietarios de vehículos sujetos a estas reglas deberán revisar los requisitos de registro y emplacamiento a través de los canales oficiales de la Semovi. Entre los documentos que pueden solicitarse se encuentran identificación oficial, comprobante de domicilio, factura y ficha técnica de la unidad. El costo anunciado para las placas es de aproximadamente 355 pesos, aunque la tarifa vigente deberá verificarse al realizar el trámite.

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