El ingreso no autorizado a la zona núcleo del Área de Protección de Flora y Fauna del Nevado de Toluca puede tener consecuencias legales graves para quien lo realice: no solo se trata de una lesión al medio ambiente, sino de un delito ambiental tipificado en el Código Penal Federal que conlleva penas de prisión y multas significativas si se destruye vegetación o se causa daño ecológico.

Una detención que marcó un precedente
El pasado 18 de enero de 2026, autoridades detectaron a un conductor que ingresó con un vehículo todoterreno tipo Razer a la zona núcleo del Nevado de Toluca sin la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), lo que derivó en su detención y la puesta a disposición ante la Fiscalía General de la República (FGR).

Este tipo de acciones están estrictamente prohibidas, especialmente en una Área Natural Protegida (ANP) donde el acceso y la circulación sin permiso pueden dañar la vegetación y el ecosistema local.
Penas de cárcel por delitos ambientales
El Código Penal Federal, en su artículo 418, establece que quien desmonte, destruya o dañe vegetación forestal sin autorización previa en zonas no urbanas puede enfrentar:
Prisión de 6 meses a 9 años
Multa de 100 a 3 000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente
Según estimaciones actuales, estas multas podrían equivaler hasta cientos de miles de pesos, dependiendo del valor de la UMA en 2026.

Daño ambiental y riesgos legales
Además de la pena de cárcel y la multa económica, las autoridades han subrayado que este tipo de ingreso no autorizado puede causar daños graves al ecosistema, como la destrucción de flora protegida, que no solo pone en riesgo la biodiversidad, sino que también obliga a instancias como la Profepa, la CONANP y la FGR a intervenir con procesos legales complejos.

En algunos casos documentados, quienes desobedecieron las indicaciones de no entrar incluso intentaron agredir o evadir a la policía, lo que agrava aún más su situación legal.




