¿Multa por hacer o entrarle a tandas? Esto dice el SAT

¿Multa por hacer o entrarle a tandas? Esto dice el SAT
Las tandas son un esquema de ahorro común en México. | iStock

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió las versiones que aseguran que participar en tandas —el popular esquema de ahorro colectivo en México— puede desencadenar multas, auditorías o revisiones fiscales a quienes usan este método para organizar sus finanzas personales. 

El organismo fiscal recomienda informarse solo a través de canales oficiales. / iStock
El organismo fiscal recomienda informarse solo a través de canales oficiales. / iStock

¿Qué dijo el SAT sobre las tandas?

El organismo recaudador emitió un comunicado oficial en el que puntualizó que las tandas no son, ni serán, un objetivo de fiscalización por parte de la autoridad tributaria. Esto significa que no existe fundamento legal para afirmar que esta práctica tradicional pueda generar sanciones económicas por sí misma.

El SAT aclaró que:

  • No realiza operativos de vigilancia sobre los recursos gestionados en tandas.

  • No hay programas ni subprogramas destinados a auditar o dar seguimiento a este tipo de ahorro.

Las versiones que advierten sobre posibles multas carecen de sustento legal.

La autoridad además hizo un llamado a la ciudadanía a informarse únicamente a través de canales oficiales para evitar la difusión de información errónea o alarmista.

El SAT aclaró que no fiscaliza ni sanciona a personas que participan en tandas. / iStock
El SAT aclaró que no fiscaliza ni sanciona a personas que participan en tandas. / iStock

¿Significa esto que nunca debes preocuparte por el SAT?

Sí y no. El SAT ha reafirmado que las tandas no generan riesgos fiscales por sí mismas, ya que son mecanismos de ahorro popular entre particulares, sin un ingreso gravable derivado de rendimientos financieros.

Sin embargo, expertos fiscales han explicado en ocasiones anteriores que el origen de los recursos puede generar revisiones si se realiza mediante depósitos o transferencias bancarias que superen ciertos umbrales, como los 15 000 pesos, que los bancos deben reportar al SAT —aunque esto no implica automáticamente una multa ni fiscalización dirigida a las tandas como tal.

Es importante distinguir que el SAT no está detrás de las tandas como práctica de por sí, pero sí puede monitorear movimientos financieros cuando hay discrepancias con los ingresos declarados de un contribuyente.

Participar en una tanda no constituye un ingreso gravable, según explicó el SAT. / iStock
Participar en una tanda no constituye un ingreso gravable, según explicó el SAT. / iStock

El SAT ha desmentido categóricamente que las tandas sean motivo de fiscalización, multas o auditorías. Las advertencias que circulan sobre sanciones a quienes participan en estos esquemas de ahorro carecen de base legal y buscan generar confusión. 

No obstante, como con cualquier movimiento bancario, los participantes deben ser conscientes del origen y destino de sus recursos para evitar posibles revisiones o solicitudes de aclaración por parte de la autoridad fiscal en situaciones específicas.

Los depósitos bancarios pueden generar alertas solo si no coinciden con los ingresos declarados. / iStock
Los depósitos bancarios pueden generar alertas solo si no coinciden con los ingresos declarados. / iStock