El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró que ningún negocio, empresa o prestador de servicios puede exigir la Constancia de Situación Fiscal como requisito para emitir una factura, ya que esta práctica está prohibida y es sancionada con multas económicas. La autoridad fiscal subrayó que dicha exigencia no está contemplada en la legislación vigente.
Durante una conferencia de prensa en Palacio Nacional, el titular del SAT, Antonio Martínez Dagnino, explicó que para la correcta emisión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) únicamente se requieren cuatro datos del contribuyente: el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el nombre o razón social, el código postal y el domicilio fiscal.

¿Qué datos son obligatorios para emitir una factura?
Martínez Dagnino aclaró que la constancia no debe ser solicitada, ya que los datos que contiene son suficientes por sí mismos para cumplir con la obligación fiscal. “Para emitir la factura se necesita el RFC, el nombre, el código postal y el domicilio”, puntualizó el funcionario al reiterar el llamado a no pedir documentos adicionales.
El SAT explicó que lo que se requiere es la información fiscal correcta, no el documento en sí, y recordó que estos datos pueden consultarse de manera sencilla a través de la aplicación oficial Factura Móvil, sin necesidad de entregar o presentar la constancia impresa.

Multas y sanciones por exigir la constancia
La autoridad fiscal informó que ya se están aplicando sanciones a quienes condicionen la emisión de facturas a la presentación de la Constancia de Situación Fiscal. Esta conducta está considerada una infracción formal conforme al Código Fiscal de la Federación, al tratarse de un requisito no permitido por la ley.
Las multas por esta práctica pueden ir de 19 mil 700 hasta 112 mil 650 pesos por cada comprobante no emitido correctamente, y en casos de reincidencia o faltas graves, el SAT tiene la facultad de ordenar la clausura preventiva del establecimiento.

Martínez Dagnino recordó que el SAT difunde de manera constante en sus canales oficiales que no es obligatorio presentar la constancia para facturar, con el objetivo de evitar abusos contra los contribuyentes y prácticas indebidas por parte de negocios o prestadores de servicios.
Finalmente, el SAT informó que en sus oficinas se habilitarán equipos de cómputo en áreas de acceso, donde las personas contribuyentes podrán imprimir su constancia utilizando huella digital, RFC y fecha de nacimiento, aunque reiteró que este documento no debe ser exigido para emitir facturas.
La infracción, aclaró la autoridad, recae directamente en quienes emiten los comprobantes, es decir, en los negocios o proveedores que soliciten requisitos adicionales a los establecidos por la ley.





