Prepárate para revisar dos veces lo que escribes cuando haces una transferencia. A partir de septiembre de 2025, el SAT aplicará una nueva regulación para detectar palabras sospechosas en los conceptos de pago. La medida tiene como fin evitar fraudes, delitos financieros y lavado de dinero, pero podría meterte en líos si no tienes cuidado con lo que escribes.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que su sistema detectará automáticamente conceptos que parezcan referirse a actividades ilegales o ambiguas. Así que olvídate de ponerle chistoretes o indirectas a tus transferencias, porque podrías terminar con la cuenta congelada.

¿Qué conceptos estarán prohibidos?
El SAT identificó algunas de las palabras clave que, si las usas en una transferencia, pueden activar alertas automáticas en su sistema y generar una revisión a fondo:
- Droga
- Armas
- Soborno
- Robo
- Fraude
- Lavado
También entran en la lista los conceptos ambiguos o sin contexto, como apodos, bromas o frases sin sentido. Esto quiere decir que usar términos como “pago secreto”, “plata sucia” o “regalito” podría ser motivo para que te congelen el movimiento.

¿Qué pasa si violas la regla?
Quienes no cumplan con la nueva disposición podrían enfrentar desde la suspensión temporal del dinero, hasta tener que comparecer ante el SAT para explicar el origen de los recursos. En casos más graves, el dinero podría quedar retenido durante semanas.
Además, si el SAT detecta irregularidades mayores, puede bloquear la cuenta bancaria, sobre todo si ya hay historial de:
- Omisión de declaraciones
- Incumplimiento de pagos
- Créditos fiscales firmes
- Requerimientos ignorados

¿Cómo hacerle para no meterte en broncas?
El SAT recomienda que los conceptos sean claros, formales y descriptivos. Aquí algunos ejemplos de frases que sí están permitidas y no generan problemas:
- Pago de servicios
- Préstamo personal
- Pago de renta
- Compra de productos
- Aportación familiar
Con esas fórmulas, las autoridades podrán identificar fácilmente el propósito de la transacción y evitarte una revisión innecesaria. Nada de sarcasmos o dobles sentidos.
La medida entrará en vigor en septiembre de 2025 y aplica para personas físicas y morales, es decir, tanto para tu abuelita que te manda dinero, como para una pyme que paga nómina.




