¿Por qué la Corte rechazó atraer el caso de la caída de la Línea 12 del Metro? Esto sabemos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer el caso relacionado con las indemnizaciones y reparación integral para víctimas del colapso de la Línea 12 del Metro de la Ciudad de México, uno de los accidentes más graves en la historia reciente del transporte capitalino.
La decisión fue tomada el pasado miércoles durante la sesión del Pleno, donde también fueron desechados otros asuntos de alto impacto nacional, entre ellos el caso de la saxofonista María Elena Ríos y una nueva revisión vinculada al feminicidio de Sandra Camacho Aguilar.
El caso de la Línea 12 llegó a la Suprema Corte a propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa y posteriormente fue turnado al ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz. El objetivo era que la Corte fijara criterios claros sobre cómo debe garantizarse una reparación integral y una indemnización justa para las víctimas en este tipo de tragedias. Sin embargo, la mayoría de los ministros decidió no atraer el asunto.
¿Qué buscaba revisar la SCJN en el caso de la Línea 12?
El expediente surgió a partir del amparo promovido por David Domínguez Quiroz, una de las víctimas del desplome ocurrido el 3 de mayo de 2021, cuando un tramo elevado de la Línea 12 colapsó mientras pasaba un convoy del Metro. La tragedia dejó 26 personas muertas y cerca de 100 lesionados, además de abrir uno de los debates más fuertes sobre responsabilidad institucional, mantenimiento y reparación del daño en obras públicas.
Con este recurso se buscaba que la Suprema Corte definiera bajo qué condiciones un acuerdo reparatorio realmente puede considerarse suficiente para garantizar justicia y una indemnización adecuada para las víctimas. La discusión también pretendía establecer criterios nacionales sobre los derechos de quienes sufren daños derivados de accidentes relacionados con infraestructura pública.
Así fue la votación en la Corte
Pese a la relevancia social y jurídica del caso, el Pleno de la SCJN rechazó atraerlo por mayoría. Únicamente votaron a favor de revisar el asunto el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, Giovanni Figueroa Mejía y María Estela Ríos González.
En contraste, seis ministros votaron en contra, lo que bastó para desechar la solicitud de atracción. La resolución se dio sin mayores posicionamientos públicos por parte de la mayoría del Pleno, lo que generó cuestionamientos sobre el futuro legal de las víctimas que buscaban que la Corte fijara un precedente en materia de reparación integral.
También rechazaron revisar el caso de María Elena Ríos
Durante la misma sesión, la Suprema Corte también rechazó atraer el caso de la saxofonista María Elena Ríos, sobreviviente de un ataque con ácido ocurrido en Oaxaca. La Fiscalía General de la República (FGR) había solicitado que la SCJN revisara seis amparos promovidos por los presuntos agresores, incluido el exdiputado Juan Antonio Vera Carrizal, quienes buscan anular los procesos penales que enfrentan.
Horas antes de la sesión, María Elena Ríos difundió una carta donde expresó su esperanza de que la Corte atrajera el caso. “En todo este tiempo no he podido acceder a la justicia, debido a la corrupción que impera en el estado de Oaxaca”, señaló. La artista acusó además al exdiputado Vera Carrizal de utilizar su poder político y económico para influir en el proceso judicial. Sin embargo, el caso también fue rechazado por mayoría de votos.
La Corte sí aceptó revisar otro caso
Aunque desechó los casos de Línea 12 y María Elena Ríos, la Suprema Corte sí aceptó atraer otro expediente relacionado con derechos humanos. Se trata del caso de Diego Fernando Bonilla, donde se analizará si procede el amparo indirecto inmediato luego de que el Ministerio Público se negara a incorporar un dictamen basado en el Protocolo de Estambul y reabrir una investigación.
La solicitud fue impulsada por la ministra Loretta Ortiz y obtuvo el respaldo suficiente dentro del Pleno. Con ello, la Corte sí revisará si existieron violaciones graves a derechos humanos y posibles actos de imposible reparación contra una víctima considerada en condición de vulnerabilidad.
Mientras tanto, el caso de la Línea 12 continuará su curso en tribunales inferiores, sin que la Suprema Corte intervenga por ahora en la definición de criterios nacionales sobre indemnización y reparación integral para las víctimas del colapso del Metro.