La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las disposiciones de dos municipios de Morelos que imponían multas de hasta 2 mil 838 pesos a las personas que durmieran en la vía pública. El Pleno del máximo tribunal consideró que dichas sanciones violaban los derechos humanos, la dignidad y el principio de no discriminación.
La decisión fue tomada por unanimidad de votos, luego de que los ministros analizaron artículos de los reglamentos municipales de ingreso que tipificaban como infracción “dormir en la vía pública”, equiparándola con conductas que alteraban el orden público. Dormir no puede ser motivo de castigo

Durante la sesión, las y los ministros coincidieron en que penalizar a las personas sin hogar representa una medida injusta y discriminatoria.
“Dormir es una necesidad humana básica, y ninguna autoridad puede castigar a las personas por carecer de un techo donde descansar”, expusieron los integrantes de la Corte al respaldar el proyecto.
El fallo también destacó que estas normas criminalizaban la pobreza, pues sancionaban a quienes no cuentan con recursos para acceder a una vivienda digna.
“No se puede estar sancionando la pobreza; en este caso, es obvio que es una sanción a la pobreza”, señaló una de las ministras durante la discusión del caso.
Qué normas fueron invalidadas
Las disposiciones anuladas formaban parte de los reglamentos de ingresos municipales de Morelos, donde se establecía como falta administrativa “dormir en la vía pública”, junto con otras conductas imprecisas como “alterar el orden” o “provocar escándalo”.

Según la SCJN, estas medidas carecían de una justificación legítima, generaban arbitrariedad y permitían castigos desproporcionados contra personas en condición de calle o vulnerabilidad social.
Un precedente para los derechos humanos en México
La resolución representa un precedente histórico en la protección de los derechos de las personas sin hogar. La Corte enfatizó que el Estado tiene la obligación de garantizar políticas públicas de apoyo y no de castigo hacia quienes viven en situación de pobreza extrema.
El fallo también ordena a los ayuntamientos involucrados revisar y modificar sus reglamentos locales, para que no se repitan prácticas discriminatorias o contrarias a los derechos humanos.

Contexto y próximos pasos
Organizaciones civiles celebraron la decisión del máximo tribunal, destacando que la criminalización de la pobreza ha sido una práctica extendida en varios municipios del país.
Con este fallo, la SCJN envía un mensaje claro: dormir en la calle no es un delito, sino una consecuencia de la desigualdad social.
Los municipios de Morelos ahora deberán ajustar sus ordenanzas municipales para alinearlas con los principios constitucionales de dignidad humana, inclusión y justicia social.





