CDMX prohíbe exhibir perros y gatos en jaulas o vitrinas para proteger su bienestar

CDMX prohíbe exhibir perros y gatos en jaulas o vitrinas para proteger su bienestar
El Congreso de la CDMX aprobó la prohibición de exhibir perros y gatos en jaulas o vitrinas. | iStock

La Ciudad de México dio un paso significativo en materia de protección animal. El Congreso capitalino aprobó una reforma legal que prohíbe la exhibición física de perros y gatos en jaulas, vitrinas u otros espacios donde se limite su movimiento o se los mantenga como objetos de exposición. Esta medida busca mejorar las condiciones de venta y adopción de estos animales de compañía y evitar prácticas que atenten contra su bienestar. 

La reforma busca reducir el estrés y mejorar el bienestar de animales de compañía en venta. / iStock
La reforma busca reducir el estrés y mejorar el bienestar de animales de compañía en venta. / iStock

¿Qué cambios implica la nueva norma?

Prohibición de exhibición en jaulas o vitrinas

La reforma aprobada por la Comisión de Bienestar Animal del Congreso local prohíbe que los perros y gatos en venta sean expuestos en espacios estrechos o cerrados —como jaulas o vitrinas— que les generen estrés, miedo o ansiedad, con el objetivo de proteger su salud física y emocional. 

Venta y adopción con cita previa

A partir de ahora, la venta y adopción de estos animales deberá realizarse únicamente mediante cita previa, y durante toda la atención deberá estar presente un médico veterinario zootecnista. Los animales deberán permanecer en áreas seguras, con alimento, agua y protección adecuados.

La comercialización de perros y gatos deberá realizarse únicamente mediante cita previa. / iStock
La comercialización de perros y gatos deberá realizarse únicamente mediante cita previa. / iStock

Requisitos y cuidados

  • Solo podrán comercializarse perros y gatos esterilizados y desparasitados.

  • Se entregará un certificado de salud y origen.

  • Los compradores recibirán información completa sobre cuidados y comportamiento.

  • Si la adopción no se concreta, el animal deberá regresarse en un plazo específico y con una cuota de reintegración. 

Un médico veterinario deberá estar presente durante los procesos de venta o adopción. / iStock
Un médico veterinario deberá estar presente durante los procesos de venta o adopción. / iStock

Multas y sanciones por incumplimiento

La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) será la autoridad encargada de imponer sanciones. Los establecimientos que no cumplan la norma podrán recibir multas de entre 150 y 3 000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a aproximadamente 16 900 hasta 339 000 pesos

Los establecimientos que incumplan la norma podrán recibir multas económicas. / iStock
Los establecimientos que incumplan la norma podrán recibir multas económicas. / iStock

¿Cuándo entrará en vigor la reforma?

La prohibición entrará en vigor 365 días naturales después de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En ese lapso, las autoridades deberán emitir los lineamientos que definan las características mínimas de los espacios y protocolos para aplicar esta normativa.