En México, al recibir una herencia o legado, los beneficiarios no están obligados a pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR); sin embargo, sí existen obligaciones fiscales relacionadas con la recepción y enajenación de los bienes heredados.

Heredar no siempre es gratis: lo que sí debes reportar
Recibir una herencia en México no significa automáticamente que debas pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin embargo, sí existen obligaciones fiscales importantes que los herederos deben cumplir para evitar problemas legales, especialmente si los bienes heredados son de alto valor o se piensa venderlos.
De acuerdo con la legislación fiscal mexicana, las personas físicas no están obligadas a pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los ingresos que provengan de herencias o legados. Esta disposición se encuentra en el artículo 93, fracción XXII de la Ley del ISR.

¿Cuándo se debe reportar una herencia al SAT?
Aunque no se pague ISR por la herencia, sí es obligatorio reportarla en la declaración anual si su valor individual supera los 500 mil pesos, especialmente en el caso de bienes inmuebles. No hacerlo puede generar inconsistencias fiscales ante el SAT.
En caso de herencias menores a ese monto, no es necesario presentar dicha información, pero sí se recomienda conservar toda la documentación para futuras aclaraciones.
Otros impuestos que sí pueden aplicarse
Además del ISR, existen impuestos estatales que pueden aplicarse dependiendo de la naturaleza del bien heredado:
- ISAI (Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles): si se hereda una propiedad, este impuesto puede oscilar entre el 2% y el 4.5% del valor del inmueble, según el estado donde se encuentre.
- Impuesto sobre Sucesiones: en algunas entidades se aplica un gravamen local sobre el valor total de la herencia.
En caso de que el heredero decida vender un inmueble que recibió como herencia, deberá pagar el ISR correspondiente a la ganancia generada por la operación (la diferencia entre el valor heredado y el precio de venta).
Además, si el dinero heredado genera rendimientos, como intereses o inversiones, estos sí están sujetos a impuestos y deben reportarse como ingresos.

Documentos que se deben presentar ante el SAT
El heredero o albacea debe formalizar el trámite ante el SAT presentando:
- Acta de defunción del testador (en copia certificada)
- Identificación oficial del albacea
- Poder notarial que acredite la representación legal
- Formato RX para avisos al RFC
- Documento notarial que acredite la aceptación del cargo como albacea
Una vez entregada la documentación, el SAT emite un acuse con folio, sello digital y código QR como constancia del trámite.
Si estás por recibir una herencia, consulta con un contador o asesor fiscal para llevar el proceso de forma legal y sin contratiempos.




