¿Cuánto es la multa del SAT por solicitar la constancia de situación fiscal a clientes?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que los negocios no están autorizados a solicitar la Constancia de Situación Fiscal (CSF) a sus clientes como requisito para emitir facturas o brindar servicios, una práctica que se ha extendido en distintos establecimientos del país y que puede derivar en sanciones económicas.
De acuerdo con la autoridad fiscal, la Constancia de Situación Fiscal es un documento de uso personal, diseñado para que los contribuyentes conozcan su estatus ante el SAT, y no debe ser exigido por terceros, ya que contiene información sensible como el Registro Federal de Contribuyentes y el régimen fiscal.
El SAT aclaró que para emitir una factura no es obligatorio pedir la constancia, ya que basta con que el cliente proporcione de forma voluntaria los datos fiscales básicos, como nombre o razón social, RFC, uso del CFDI y código postal del domicilio fiscal.
¿Por qué está prohibido pedir la Constancia de Situación Fiscal?
Solicitar la CSF sin justificación legal puede considerarse una práctica indebida, ya que implica el manejo innecesario de datos personales y fiscales. Además, esta exigencia no está contemplada en el Código Fiscal de la Federación, por lo que los negocios que lo hagan incurren en una falta administrativa.
La autoridad fiscal ha señalado que esta conducta puede ser sancionada con multas que alcanzan miles de pesos, dependiendo de la gravedad y reincidencia, ya que se considera un obstáculo para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
¿De cuánto es la multa por pedir la Constancia de Situación Fiscal?
En cuanto a las sanciones, el Código Fiscal de la Federación contempla multas económicas que van aproximadamente de 3 mil 800 a más de 11 mil pesos por cada infracción, dependiendo de la gravedad del caso y de si existe reincidencia. El SAT ha señalado que exigir la Constancia de Situación Fiscal sin fundamento legal puede considerarse una práctica indebida, ya que no es un requisito obligatorio para emitir facturas y puede implicar el manejo innecesario de datos fiscales de los contribuyentes.